El juzgado Social nº 19 de Barcelona en sentencia de fecha 6 de Marzo de 2017 ha anulado la reducción salarial efectuada en el salario de varios trabajadores con categoría de Director, integrados en el Área de Promoción Imobiliaria de Catalunya-Caixa, por importes que oscilan entre 6.000 y 12.000 euros anuales para cada uno de los trabajadores.
¿Porqué la empresa redujo el salario?
La entidad bancaria, unilateralmente redujo en junio de 2015 las retribuciones globales de los trabajadores, mediante la reducción del plus funcional, argumentando la variación de las funciones de esos directores por cambios en el organigrama de la empresa, (se les pasó a denominar gestores) y las cesión de diversas carteras a otras entidades.
¿Qué dice la sentencia?
La sentencia anula la reducción del salario por dos motivos:
1.- Tal y como se acreditó en el proceso las funciones de los trabajadores NO habían variado, limitándose la empresa a realizar un mero cambio de nombre al pasar a denominarlos «gestores». La reducción de la cartera de clientes no impedía que las atribuciones y responsabilidades, en definitiva las funciones, fueron las mismas, no quedando justificada la reducción salarial.
2.- Además, Catalunya-Caixa había realizado la modificación salarial sin acudir al procedimiento establecido en el artículo 41 ET previsto para las modificaciones de carácter sustancial, (entre ellas la salarial), y por tanto careciendo de ni justificación material y formal de las mismas.
Ahora el BBVA entidad sucesora de Catalunya Caixa deberá abonar las retribuciones atrasadas a los trabajadores, así como los salarios que dejaron de percibir en años posteriores a la modificación expuesto, declarada como ilegal, e incluso, causará efectos en la forma de cálculo de futuras prestaciones y de percepciones por jubilación que los trabajadores hubieran comenzado a percibir con carácter posterior a la citada reducción.
